top of page
  • Crédito: clarín.com

Trabajadores ya no deberán trasladar medias reses sin asistencia mecánica


Desde abril los trabajadores de la carne ya no deberán trasladar medias reses o cortes de más de 25 kilos por ser nocivo para la salud. En casos en los que se supere el peso estipulado, las empresas y establecimientos deberán contar con asistencia mecánica.

La resolución 13/2020 que adjuntamos a esta nota determina que “toda manipulación, transporte, distribución, carga y/o descarga de productos cárnicos, cuyo peso sea superior a los 25 kilos que realicen trabajadores y se lleven a cabo en empresas y/o establecimientos dedicados a la faena de ganado bovino, ovino, porcino, equino, caprino, animales de caza mayor y/o menor o industrialización de los mismos, o en su cadena de transporte y distribución mayorista o minorista, se deberá realizar con la asistencia de medios mecánicos adecuados”.

Además entre los considerandos se explicó que “los trabajadores del sector deben manipular y transportar cargas que dado los pesos de los productos promedio -comercialización de la media res por citar un ejemplo-, tornan inconveniente que se realicen en forma manual o sobre los hombros del trabajador”, por lo que se emitió esta resolución “a fin de resguardar su vida y su salud procurando para ello reducir o eliminar los riesgos a los que están sometidos”.

En el artículo 4° de la norma se aclaró que en caso de incumplimiento por parte de los empleadores, las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) “deberán denunciarlo ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), que a su vez lo llevará a conocimiento de las Administradoras del Trabajo Locales”.

bottom of page